Formulario I-129 en 2026: la edición nueva obligatoria desde el 9 de noviembre y las cuotas que paga tu empresa

Facebook
Twitter
Pinterest
LinkedIn

Si tu empresa patrocina a un trabajador con TN, H-1B o L-1, o si vas a extender tu visa E-2 con USCIS desde Estados Unidos, el formulario que usas es el I-129. Este otoño hay dos cambios que conviene revisar antes de presentar: una edición nueva del formulario, obligatoria desde el 9 de noviembre de 2026, y una cuota extra para L-1 y H-1B que ahora también se cobra en las extensiones. Aquí te explicamos los dos.

¿Qué es el I-129?

Es la petición que una empresa presenta ante USCIS para pedir o extender el estatus de un trabajador no inmigrante. Se usa, entre otras, para la TN, la H-1B, la L-1 y las extensiones o cambios de estatus a E-1 y E-2 que se piden desde Estados Unidos. La TN de mexicanos que se pide en el consulado no usa este formulario.

¿Qué cambió con la edición del formulario?

USCIS publicó una edición nueva del I-129 con fecha 09/09/26, junto con la regla de la cuota para H-1B y L-1. Las reglas son estas:

  • Hasta el 8 de noviembre de 2026, USCIS acepta la edición nueva y la anterior (02/27/26).
  • Desde el 9 de noviembre de 2026, USCIS solo acepta la edición 09/09/26.
  • Si mandas la edición 02/27/26 con matasellos o envío en línea del 9 de noviembre o después, te la rechazan.

La edición aparece abajo de cada página del formulario. Todas las páginas deben ser de la misma edición.

¿Qué pasa si me rechazan el formulario?

Un rechazo no es una negación, pero tiene consecuencias. Según el manual de USCIS, un caso rechazado no conserva su fecha de presentación. Hay que volver a mandarlo completo, con tarifas nuevas, y USCIS lo trata como una solicitud nueva. Si tu estatus está por vencer, esos días pueden hacer mucha diferencia.

¿Qué es la cuota extra de 4,500 dólares?

Es una cuota que la ley impone a ciertas empresas que dependen mucho de trabajadores con H-1B o L-1. Es de 4,500 dólares en peticiones L-1 y 4,000 dólares en H-1B.

El 27 de octubre de 2026, USCIS actualizó su manual para explicar el cambio. Antes, en la L-1 esta cuota se cobraba solo cuando el trabajador recibía la L-1 por primera vez o cambiaba de empleador. Desde el 9 de septiembre de 2026, también se cobra en las extensiones.

¿A quién le toca pagarla?

Solo a los “empleadores cubiertos”, es decir, empresas que:

  • Tienen 50 o más empleados en Estados Unidos, y
  • Tienen más de la mitad de esos empleados con H-1B, L-1A o L-1B. Se cuentan los de tiempo completo y los de medio tiempo.

La cuota aplica a peticiones presentadas hasta el 30 de septiembre de 2027. No aplica a una petición enmendada que no pide extender el estatus del trabajador. Es obligatoria, no se puede pedir que la perdonen y no se reembolsa.

Si tu empresa es pequeña, o si la mayoría de tus empleados no tiene H-1B ni L-1, esta cuota no te toca.

¿Cuánto cuesta una petición L-1 o H-1B en 2026?

Según la tabla de tarifas de USCIS (actualizada el 28 de octubre de 2026):

  • L-1: 1,385 dólares en papel o 1,335 en línea. Para empleadores pequeños y organizaciones sin fines de lucro, 695 dólares.
  • H-1B: 780 dólares en papel o 730 en línea. Para empleadores pequeños y organizaciones sin fines de lucro, 460 dólares.
  • Cuota del programa de asilo: 600 dólares para la mayoría de las empresas, 300 para empleadores pequeños y 0 para organizaciones sin fines de lucro.
  • Cuota antifraude: 500 dólares cuando es la primera petición del trabajador o cuando cambia de empleador.

La H-1B tiene además otras cuotas que dependen del tamaño de la empresa. Para la TN, la E-1 y la E-2 las tarifas son distintas. Revisa siempre la tabla de USCIS el día que presentes.

Qué te recomendamos

  1. Descarga el I-129 de uscis.gov el mismo día que lo presentas y revisa que todas las páginas digan 09/09/26.
  2. Si ya tienes un paquete armado con la edición anterior, mándalo antes del 9 de noviembre o cámbialo a la edición nueva.
  3. Cuenta tus empleados (tiempo completo y medio tiempo) y cuántos tienen H-1B o L-1, para saber si te toca la cuota de 4,500 dólares.
  4. Revisa la tabla de tarifas el día que presentes. Las cuotas cambian y una tarifa incorrecta es motivo de rechazo.
  5. Prepara las renovaciones con tiempo. Fernanda Inegol recomienda empezar unos seis meses antes de que venza el estatus, “con calma”.

¿Necesitas ayuda?

Si tu empresa va a patrocinar o renovar a un trabajador con TN, H-1B o L-1A, o si vas a extender tu E-2, agenda una consulta con nuestra oficina en San Antonio. Revisamos tus fechas, tus tarifas y tu paquete antes de presentarlo.

Este artículo es información general y no es asesoría legal para tu caso. Fernanda Inegol, Barba Inegol Law Firm PLLC.

Fuentes: USCIS: Formulario I-129 (aviso de la edición 09/09/26) · USCIS: alerta PA-2026-16 sobre cuotas de L-1, 27 de octubre de 2026 (PDF) · USCIS Policy Manual, Vol. 2, Parte L, Cap. 7 · USCIS: tabla de tarifas G-1055 · USCIS Policy Manual, Vol. 1, Parte B, Cap. 6